ACUERDO JUDICIAL: Banco hipotecario devolverá cargos por ‘Mantenimiento de cuenta soporte papel’

Se hace saber que en los autos caratulados “CENTRO DE ORIENTACIÓN DEFESNA Y EDUCACION DEL CONSUMIDOR CODEC C/BANCO HIPOTECARIO S/ORDINARIO” (Expte. 28362/2018), que tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 9, Secretaría 18, las partes han arribado a un acuerdo transaccional (en adelante el “Acuerdo”), en virtud del cual el Banco Hipotecario, dentro de los 60 días corridos a contar de la fecha en que quedara firme la homologación del Acuerdo y sin convalidar hechos ni derechos, reconocerá a favor de los consumidores que hubiesen sido titulares de tarjeta de crédito emitida por dicha entidad durante el período corriente entre el 1 de octubre de 2012 y el 31 de enero de 2017, y a quienes se les hubiese puesto al cobro en los respectivos resúmenes de cuenta la comisión denominada “Mantenimiento de Cuenta Soporte Papel” un monto equivalente a $ 24,90  por cada oportunidad en que dicho concepto le haya sido reclamado.

Tratándose de actuales clientes del Banco, el monto correspondiente le será acreditado en puntos de su Programa “Buho Puntos” por valor equivalente. Conforme los términos de dicho Programa, los puntos asignados bajo el mismo pueden ser voluntariamente canjeados por pesos a la relación 1 punto = 1 peso, a través del sistema denominado “cashback”, sobre el cual se informa en el sitio Web: Link

Alternativamente, los puntos asignados pueden ser afectados a compras promocionadas periódicamente por el Banco, potenciando su valor equivalente en pesos, a través de ofertas o descuentos comerciales. El ejercicio de la opción de canje por pesos no se hallará sujeta a cupo alguno para los clientes alcanzados por el acuerdo. Los consumidores alcanzados por el Acuerdo que hayan dejado de ser clientes del Banco, pero que tuvieran abierta a su nombre una cuenta a la vista en otra entidad del sistema financiero, verán reflejada la acreditación correspondiente en dicha cuenta. Por su parte, los beneficiarios del Acuerdo que hayan dejado de ser clientes del Banco y no tengan abierta a su nombre una cuenta a la vista en otra entidad financiera, podrán contactarse con el Banco a través de la dirección de correo electrónico SOPORTEPAPEL@hipotecario.com.ar a fin que el Banco les informe la Sucursal más cercana a su domicilio a la cual podrán concurrir para percibir por caja el importe correspondiente, mediante la sola acreditación de su identidad.

El Banco se compromete a abstenerse de exigir un cobro diferenciado de la comisión de mantenimiento de cuenta en Tarjeta de Crédito, basado en la forma de envío del correspondiente resumen, o cobrar por el envío de resumen en papel. Los términos del Acuerdo y su Anexo podrán ser consultados en la página Web del Banco www.hipotecario.com.ar y asimismo en la página Web de la actora www.codec.org.ar . Los consumidores alcanzados por el Acuerdo que  así   lo deseen, podrán excluirse de los efectos del mismo mediante presentación en el expediente,  en los términos del artículo 54 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. 

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